jueves, 4 de junio de 2015

Ley Electoral Canaria

La Ley Electoral Canaria es considerada una de las más injustas del estado español

En una entrada anterior habíamos comprobado lo que puede afectar el sistema D'Hont en el reparto de diputados en comparación con un sistema más proporcional:
http://sondeosesp.blogspot.com.es/2015/06/ley-dhont-o-reparto-proporcional.html

Sistema electoral canario establece que las candidaturas entran en el reparto de escaños si cumplen uno de estos criterios:
  • Si es la candidatura más votada, o
  • si ha obtenido al menos el 30% de los votos válidos en dicha circunscripción, o
  • si ha obtenido al menos el 6% de los votos válidos en el conjunto de la Comunidad Autónoma.

Las circunscripciones electorales corresponden a cada una de las islas del siguiente modo:
Gran Canaria: 15 parlamentarios; Lanzarote: 8; Fuerteventura: 7; Tenerife: 15 ; La Palma: 8; La Gomera: 4; y El Hierro: 3.

Según la Ley Canaria para que un partido tenga posibilidades de tener representación se necesita superar las barreras anteriormente descritas, mucho más injusta que las que tienen otras comunidades o el propio Congreso de los diputados que establece que la candidatura tenga al menos un 3% en la circunscripción:

Congreso de los Diputados: España
Elecciones reguladas por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. Establece:
  Artículo 162 (extracto)
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
2. A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de dos Diputados. Las poblaciones de Ceuta y Melilla están representadas cada una de ellas por un Diputado.
3. Los doscientos cuarenta y ocho Diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población de derecho.
  Artículo 163 (extracto)
1.a. No se tienen en cuenta aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el 3% de los votos válidos emitidos en la circunscripción.

Lo que vamos a hacer en esta entrada es analizar lo que supondría aplicar en Canarias la Ley Electoral que impera en el Congreso de Diputados o con los ayuntamientos, tanto en el reparto de los diputados como en los topes electorales, sin tocar la Ley D'Hont.

Si consideramos el censo en Canarias y en cada una de las islas, llega a ser descompensada la actual distribución de diputados en las Islas:


Por tanto si consideramos por ejemplo que todas las islas tengan 2 diputados como pasa en el congreso con cada provincia, tendríamos ya distribuidos 14 de los 60 diputados. Los otros 46 diputados los distribuiríamos según la población de cada isla, por tanto puede modificarse esa distribución con cada elección dependiendo somo sea la población de cada isla.



 Si vemos la distribución que nos sale en la tabla anterior teniendo en cuenta el censo de las últimas elecciones autonómicas, las 5 islas más pequeñas perderían diputados en favor de las dos islas capitalinas que pasarían de 15 a 21 diputados.

Con este cambio y teniendo en cuenta los topes previstos en la actual ley electoral y el sistema D'Hont, como hubiera quedado el Parlamento de Canarias en las últimas elecciones:


Este sistema de reparto de diputados por islas, algo más justo que el actual ya que tiene más en cuenta la población de las islas. Las diferencias en diputados entre los tres partidos casi empatados en votos hubieran sido menores, más representativas teniendo en cuenta los votos.

Topes electorales. Pero la mayor injusticia del sistema electoral Canario son sus abusivas barreras electorales, cuando a nivel nacional para el congreso o para los propios ayuntamientos los partidos que tienen que tener representación deben tener al menos el 3% de los votos válidamente emitidos. 

Si trasladamos esa barrera al Parlamento de Canarias y teniendo en cuenta los últimos resultados electorales nos sale la siguiente distribución en el Parlamento:


Teniendo unas barreras más justas e equitativas dos fuerzas más hubieran entrado al Parlamento: C's y Unidos, afectando la eliminación de estas barreras a la distribución de diputados de las islas capitalinas.

Si uniéramos ambos conceptos reclamados durante mucho tiempo en Canarias, unas barreras electorales justas,equivalentes a las existentes para los ayuntamientos y para el Congreso de diputados, y un reparto justo de diputados. 

Podríamos proponer una barrera electoral de al menos un 3% de los votos válidos por circunscripción, y un reparto de diputados que tenga más en cuenta la población de las islas respetando que todas las islas mantengan una representación mínima de 2 diputados.

Si uniéramos lo anterior a los resultados de las últimas elecciones, los diputados se hubieran repartido usando el sistema D'Hont de la siguiente manera:


Si tenemos en cuenta los porcentajes de votos a nivel regional, esta distribución sería más justa y tendría más en cuenta los porcentajes de votos conseguidos a nivel regional.

Es necesaria y urgente un cambio en la ley electoral Canaria, muy injusta en su distribución, y que favorece mayorías no reales. Los temas analizados en esta entrada: reparto de diputados entre las islas y barreras electorales, y en una entrada anterior: sistema D'Hont, deberían ser modificados para tener un sistema electoral que represente realmente el voto de los ciudadanos.

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